El abogado de Nelson Crapuzzi, Waminqa Serrano, sostiene que la Acción Popular no anuló ni modificó la sentencia constitucional que favorece a su defendido. Sin embargo, esa interpretación no significa que el conflicto por los predios del Mutualista esté cerrado.
Que una resolución constitucional mantenga determinados efectos no impide que otra decisión, dentro de la misma controversia, establezca mecanismos para que la Alcaldía ejerza la defensa del patrimonio municipal.
Por eso, la discusión no puede reducirse a afirmar que “la sentencia permanece incólume”. Lo verdaderamente relevante es determinar cuáles son los alcances concretos de cada resolución, qué derechos reconoce cada una y qué corresponde ejecutar.
El propio abogado de Crapuzzi admite que existen recursos de queja pendientes ante el Tribunal Constitucional Plurinacional. Entonces, si todavía hay actuaciones constitucionales por resolver, ¿cómo puede sostenerse que la controversia ya tiene un resultado definitivo?
Serrano pregunta: “¿Con qué títulos pretende la Alcaldía controvertir la propiedad?”. La réplica es sencilla: será la instancia judicial competente la que determine qué títulos, antecedentes y resoluciones tienen valor jurídico, y no la interpretación unilateral de una de las partes.
La Acción Popular tampoco debe convertirse en una instancia para declarar ganadores anticipados. Pero tampoco puede ser presentada como si no hubiera producido ningún efecto sobre el conflicto.
El caso Mutualista continúa abierto. Y mientras existan recursos pendientes, actuaciones judiciales y decisiones por ejecutar, lo responsable es hablar de una controversia en curso, no de una victoria definitiva de Crapuzzi ni de la Alcaldía.