Rige la prohibición del uso vidrios polarizados sin autorización; excepto las autoridades

Los vidrios polarizados u oscuros vuelven a convertirse en un privilegio para los políticos en el poder, además de diplomáticos y motorizados del servicio salud. Los demás ciudadanos están obligados a tramitar una autorización para que, en caso de excepciones, puedan utilizar estos vidrios.

El presidente Luis Arce anunció la aprobación del decreto 4740 que restablece la autorización para el uso de vidrios oscurecidos o polarizados en vehículos terrestres. “De esa manera velamos por la seguridad de nuestra ciudadanía y demostramos, con hechos, nuestro compromiso de lucha contra la delincuencia”, justificó en cuenta de Twitter.

Otros de sus argumentos, señala que el “gobierno de facto” vulneró el derecho a la seguridad de las y los ciudadanos, permitiendo el uso sin autorización de vidrios oscurecidos o polarizados, dando lugar al uso de vehículos para la comisión de delitos criminales que, hasta la fecha, suman aproximadamente 1.500.

El decreto supremo señala que los vidrios polarizados serán autorizados solo en los siguientes casos:

  1. a) En ambulancias;
  2. b) Para vehículos de uso de representantes de Misiones Diplomáticas, Consulares, de Organismos Internacionales acreditados en Bolivia, y todo aquel que cuente con placa diplomática;
  3. c)Para vehículos oficiales y particulares de: El Presidente y Vicepresidente del Estado Plurinacional; Ministras y Ministros de Estado; Presidentes de las Cámaras de Diputados y Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional. La presente causal de autorización alcanza para los vehículos particulares de ex autoridades citadas con antelación;
  4. d)Para vehículos oficiales de: Diputadas, Diputados, Senadoras y Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional; Magistradas y Magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional; Magistradas y Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, y Presidentes de los Tribunales Departamentales de Justicia; Magistradas y Magistrados del Tribunal Agroambiental; Consejeras y Consejeros del Consejo de la Magistratura; Vocales del Tribunal Supremo Electoral y Presidentes de los Tribunales Electorales Departamentales; Contralora o Contralor General del Estado; Fiscal General del Estado y Fiscales Departamentales; Procuradora o Procurador General del Estado; Defensora o Defensor del Pueblo; Gobernadoras y Gobernadores de los Gobiernos Autónomos Departamentales, y Presidentes de las Asambleas Legislativas Departamentales; Alcaldesas y Alcaldes de los Gobiernos Autónomos Municipales y Presidentes de los Concejos Municipales;
  5. e)En vehículos con vidrios oscurecidos;
  6. f) Por orden judicial en procesos donde se investiguen hechos de violencia;
    g) Por razones de salud, debidamente certificadas por el ente Gestor de Salud o por los establecimientos públicos de salud.

El decreto señala que para los vehículos con vidrios oscurecidos o polarizados, utilizados para la lucha contra el crimen, el narcotráfico y contrabando, no requerirá tramitar autorización alguna.

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