Alcaldía admite contrató para publicidad en Facebook, pero aclara que no se hizo el gasto de Bs 99 mil

Desde la alcaldía cruceña admiten que procedió a la contratación directa de la empresa Cisneros Interactive con la especificación de un gastó de 99.990 bolivianos en publicidad en Facebook, pero como la empresa adjudicataria no se presentó a recoger la orden de proceder, por lo tanto, no llegó a ejecutar el servicio, por consecuencia no se erogó ningún gasto.

El acuerdo se firmó el 7 de diciembre de  2021. El documento está rubricado por el alcalde Jhonny Fernández; el secretario municipal de Administración y Finanza, Mario Centellas; y el representante legal de Cisneros Interactive Bolivia, Joan Ibarra.

“Ante publicaciones de prensa, sobre un supuesto gasto realizado por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra en publicidad en la red social Facebook, se tiene a bien informar a la opinión pública lo siguiente: el contrato administrativo 37/2021 de fecha 7 de diciembre suscrito con la empresa CISNEROS INTERACTIVE BOLIVIA S.R.L. no se ejecutó y por consecuencia no se erogó ningún gasto en el mismo, puntualiza un comunicado de la Dirección General de Comunicación de la alcaldía

El proceso de contratación fue realizado bajo las normas legales con las que el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra realiza los contratos con todos los medios de comunicación con los que se tiene una relación comercial para la difusión de publicidad.

La transparencia administrativa del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra queda refrendada en la publicación realizada del contrato de referencia en el Sistema de Contrataciones Estatales (SICOES), explica.

En en informe municipal se aclara que la unidad solicitante es la encargada de hacer el seguimiento al avance y cumplimiento del contrato de conformidad al art. 35 inciso k) de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios aprobabas mediante Decreto Supremo N° 0181 Efectuar el seguimiento sobre el avance y cumplimiento de los contratos en los aspectos de su competencia.

 “Procedió al inicio del proceso para la contratación directa C.D. N°28/2021 referente al ‘Servicio de difusión en Facebook de actividades de información pública del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, Cisneros Interactive Bolivia, para la gestión 2021’; procediendo a cursar una invitación en favor del proveedor (Cisneros)”, detalla en una parte contrato al que Página Siete accedió.

¿QUIÉN CONTRATA A CISNEROS?

El proceso de contratación para el Servicio de difusión en Facebook fue realizado mediante Contratación Directa de conformidad del artículo 72 inciso c)de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios aprobabas mediante Decreto Supremo N° 0181 “Medios de comunicación: televisiva, radial, escrita u otros medios de difusión. No se aplica a la contratación de agencias de publicidad”

Al ser una contratación directa, la unidad solicitante es la encargada de indicar el nombre de la empresa a invitar. En este sentido, el Departamento de Compras Mayores, procedió a invitar a la empresa CISNEROS INTERACTIVE BOLIVIA S.R.L. para que presente su propuesta de acuerdo a las especificaciones técnicas solicitadas por la unidad solicitante (Dirección General de Comunicación).

DATOS REFERENCIALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN:

Empresa Adjudicada: CISNEROS INTERACTIVE BOLIVIA S.R.L. (Único representante en Bolivia de Facebook).

Monto Adjudicado: Bs99.990,00

El indicador del servicio es medido por el alcance que logra cada publicación (post), el cual constituye el número de personas que vieron una determinada publicación en la página del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra

Plazo de Ejecución del Servicio: A partir de la Orden de Proceder hasta el 30 de diciembre de 2021 o hasta la culminación del consumo, lo que ocurra primero.

Se aclara que la unidad solicitante, según un comunicado oficial, es la encargada de hacer el seguimiento al avance y cumplimiento del contrato de conformidad al art. 35 inciso k) de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios aprobabas mediante Decreto Supremo N° 0181 “Efectuar el seguimiento sobre el avance y cumplimiento de los contratos en los aspectos de su competencia”.

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