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Santa Cruz de la Sierra

El TCP rechaza recurso de UCS y devuelve la decisión al TSE

La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) rechazó la acción de inconstitucionalidad presentada por Unidad Cívica Solidaridad (UCS) contra artículos de la Ley de Organizaciones Políticas, con la cual se buscaba frenar la cancelación de su personería jurídica.

Con esta determinación, el trámite retorna al Tribunal Supremo Electoral (TSE), que deberá definir la continuidad o no del proceso de extinción del partido liderado por el alcalde de Santa Cruz, Jhonny Fernández.

La acción fue promovida por el propio Fernández, luego de conocerse que la organización política no alcanzó el 3% de la votación válida en las elecciones generales del 17 de agosto de 2025, umbral exigido por la normativa vigente para mantener la personería jurídica. En esos comicios, UCS obtuvo apenas el 1,67% de los votos.

Mediante el Auto Constitucional 0003/2026 CA, de 20 de enero de 2026 —notificado este lunes—, la Comisión de Admisión concluyó que la demanda no cumplía los requisitos mínimos de argumentación para demostrar la supuesta inconstitucionalidad de los artículos observados. En ese marco, consideró correcta la actuación del TSE en la aplicación de la norma electoral.

“La Comisión de Admisión ratifica la resolución jurisdiccional del TSE pronunciada por la Sala Plena y rechaza la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por el jefe nacional de UCS”, señala la parte resolutiva del fallo, publicado por el diario chuquisaqueño Correo del Sur.

El magistrado del TCP, Boris Arias, explicó que el TSE había dispuesto previamente una medida cautelar que suspendía el proceso de cancelación de la sigla UCS. Sin embargo, tras el rechazo del recurso constitucional, corresponde ahora al Órgano Electoral decidir si retoma el trámite de extinción, tal como ocurrió con la sigla ya anulada Acción Democrática Nacionalista (ADN), que solo logró el 1,45%.

Arias precisó que el rol del TCP se limita a verificar si existe una carga real de inconstitucionalidad en la norma cuestionada y cuestionó la debilidad de los argumentos presentados. Señaló que los accionantes no justificaron por qué el umbral del 3% sería inconstitucional ni propusieron un criterio alternativo razonable.

En paralelo, el TCP también rechazó una Acción de Inconstitucionalidad Abstracta presentada por la diputada Sandra Paz contra la misma ley. Aunque la demanda no hacía referencia a una organización política específica, cuestionaba de igual manera el requisito mínimo del 3% para conservar la personería jurídica.

La presidenta del TCP, Paola Prudencio, confirmó que ambas resoluciones fueron rechazadas y notificadas este lunes, dejando firme el criterio constitucional sobre la normativa electoral vigente y devolviendo al TSE la decisión final sobre el futuro legal de UCS. /LaRazón/

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