El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Óscar Hassenteufel, recordó este miércoles que las observaciones o impugnaciones sobre los resultados del balotaje deben presentarse en las propias mesas de sufragio, conforme establece la normativa electoral, y advirtió que, una vez concluido ese proceso, rige el principio de preclusión, que impide revisar etapas ya cerradas.
La aclaración surge luego de que la Alianza Libre, del excandidato Jorge Quiroga, presentó dos solicitudes ante el TSE, las cuales —según informó Hassenteufel— fueron atendidas de manera inmediata.
“La primera solicitud establecía la entrega de las imágenes del Sirepre (Sistema de Resultados Preliminares), misma que fue atendida solicitando una comisión para su recepción, en el marco del compromiso firmado con autoridades y organizaciones políticas”, explicó el presidente del TSE.
En cuanto a la segunda solicitud, referida a las actas de trabajo, Hassenteufel aclaró que no es viable su entrega, ya que dichos documentos pertenecen a los Tribunales Electorales Departamentales (TED) y no constituyen material electoral, sino elementos de apoyo utilizados por los jurados.
Ante las versiones sobre presunto fraude electoral, el TSE llamó a la hidalguía y respeto a la voluntad popular, recordando que no se registraron impugnaciones en ninguna mesa electoral, ni dentro ni fuera del país.
“Por los datos que tenemos, la Alianza Libre acreditó delegados en la mayoría de las mesas de sufragio del país y en los nueve tribunales electorales departamentales, pero parecería que tales delegados no cumplieron sus funciones o reconocieron implícitamente que todo se encontraba en orden, porque en ninguna de las mesas de escrutinio y cómputo consta alguna observación o impugnación. Absolutamente en ninguna”, señaló Hassenteufel al leer un pronunciamiento institucional.
El TSE reiteró que los reclamos deben formularse en las mesas y ratificarse ante los TED, conforme a procedimiento, y que el incumplimiento de esta disposición implica la aplicación del principio de preclusión, que impide retroceder o reabrir etapas concluidas del proceso electoral. /Abi/