La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo informó que, a partir del lunes 2 de febrero, los jubilados y beneficiarios podrán cobrar las pensiones correspondientes al mes de enero.
Para garantizar el acceso al beneficio, el pago se realizará a través de 40 entidades financieras habilitadas a nivel nacional, en el marco del Decreto Supremo N° 0822, que establece que las pensiones deben cancelarse entre el primer y el séptimo día del mes siguiente al que corresponde la planilla.
Fechas previstas para el resto de la gestión:
- Febrero: desde el 2 de marzo
- Marzo: desde el 1 de abril
- Abril: desde el 2 de mayo
- Mayo: desde el 1 de junio
- Junio: desde el 1 de julio
- Julio: desde el 1 de agosto
- Agosto: desde el 1 de septiembre
- Septiembre: desde el 1 de octubre
- Octubre: desde el 3 de noviembre
- Noviembre y Aguinaldo: desde el 1 de diciembre
- Diciembre: desde el 2 de enero de 2027
La Gestora recomendó a los beneficiarios informarse únicamente por canales oficiales. Para consultas, está habilitada la línea gratuita 800 10 1610 y el sitio web www.gestora.bo, donde también se puede verificar la lista de entidades financieras autorizadas.