El expresidente candidato a la vicepresidencia de Bolivia y exdirigente del Comité Cívico Potosinista (Comcipo), Marco Pumari, fue enviado este sábado a la cárcel de San Miguel Uncía por seis meses, decisión que fue dictada por el juez de Instrucción Penal Primero de Llallagua Raúl Arnold Barriga.
El exlíder cívico potosino escribió una carta tras su detención: “Quiero mandar un mensaje de fortaleza y esperanza… les pido que sigan en nuestra lucha con más fuerza porque el destino de nuestro país está en la firmeza de nuestra gente ante esta burda dictadura.
El abogado del expresidente cívico Rafael Montoya confirmó esa información a la ANF y aseguró que el juez se inclinó por el pedido del Ministerio Público pese a que, en la audiencia cautelar, se desvirtuaron los argumentos con la presentación de pruebas que demuestran que no existe riesgo de fuga por parte de su cliente.
La audiencia se instaló a las 16:15 y se prolongó por más de siete horas, el acto procesal se desarrolló en el palacio de justicia del municipio de Llallagua en el Norte de Potosí, después de cuatro horas de debate, el juez de esa región Raúl Ademar Barriga declaró un cuarto intermedio para emitir su resolución.
En ese contexto, Montoya manifestó que en la audiencia se desvirtuó los riesgos procesales y la Fiscalía no pudo sostener que su cliente salga del país u obstaculice las investigaciones, en base a esas fundamentaciones se solicitó la libertad irrestricta o en todo caso la detención domiciliaria, pero ninguno de los argumentos fue tomado en cuenta.

Pumari fue aprehendido entre el jueves en la noche y el viernes en la madrugada, la Fiscalía el viernes dijo que lo investiga por los delitos de allanamiento, robo agravado, deterioro a bienes del Estado y obstaculización de procesos electorales y la quema del TED de Potosí.
El exlíder cívico no fue imputado por la quema del edificio del Tribunal Departamental Electoral (TED) de Potosí, en 2019, tras las fallidas elecciones de ese año, sino por delitos electorales, específicamente por obstaculización de procesos electorales que está estipulado en el inciso h del artículo 238 de la Ley 026 de Régimen Electoral.
A pesar de que las audiencias son públicas, la prensa fue impedida de ingresar al igual que la esposa del imputado, María Isabel Cusi. No obstante, horas después y ante la insistencia de la mujer, que llevaba consigo documentación que le había solicitado el abogado de la defensa, Cusi pudo ingresar a la sala donde se llevaba a cabo el acto judicial. /ANF/.